En enel nuevo Plan Anual de la Administración General del Estado, queda recogida una serie de normas que entrarán en vigor lo largo del 2018 y que repercutirán directamente en las industrias del sector cárnico. Entre ellos destacan:
Real Decreto por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de canales de porcino.
- Se trata de una adaptación de la normativa nacional relativa a la clasificación de canales de porcino a los Reglamentos que establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados agrarios, en lo que atañe a la Unión de clasificación de las canales de vacuno, porcino y ovino y la comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.
Real Decreto por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a la cría, el comercio y la entrada en la Unión Europea de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, y se actualiza el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.
- Se aplicará en España el Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, en el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo.
- Se modifica el Reglamento (UE) nº 652/2014, así como las Directivas 89/608/CEE del Consejo y 90/425/CEE, y se derogan determinados actos en el ámbito de la cría animal («Reglamento sobre cría animal»).
Real Decreto por el que se regulan las condiciones de celebración de los certámenes de ganado selecto de carácter nacional, en el marco del programa nacional de conservación, mejora y fomento de razas ganaderas.
- Se regulará para las especies bovina, ovina, caprina, porcina y equina, las condiciones sanitarias y zootécnicas de celebración de los certámenes de ganado selecto de carácter nacional.
Ley por la que se establece el régimen sancionador en materia de cría, comercio y entrada en España de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo
- Se aprueba el régimen sancionador a que obliga el artículo 52 del Reglamento (UE) del Reglamento 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 652/2014 y las Directivas 89/608/CEE y 90/425/CEE del Consejo y se derogan determinados actos en el ámbito de la cría animal («Reglamento sobre cría animal»).
Fuente: www.lamoncloa.gob.es

