La gestión de envases y residuos en el sector ganadero y agroalimentario se enfrenta a cambios significativos con la entrada en vigor de nuevas normativas.
Aunque los conceptos de economía circular y ecodiseño pueden parecer ajenos al día a día de una granja, entender cómo estas obligaciones afectan a productores y poseedores de residuos es esencial para adaptarse al nuevo escenario legislativo.
Últimamente, hemos estado viendo diferentes artículos de opinión, webinars y anuncios referentes a las obligaciones surgidas tras la entrada en vigor de:
Los objetivos que se mencionan con frecuencia, como la reducción de vertidos, el aumento del reciclado, el ecodiseño o la economía circular, pueden resultar algo abstractos o poco habituales para quienes no trabajan directamente en el ámbito medioambiental y cuya actividad principal se desarrolla en una granja. Surgen entonces preguntas como:
Aunque todos los actores acabamos estando implicados de una u otra forma, conviene aclarar a quién afecta qué en nuestro sector. |
SCRAPS y su papel en la nueva legislación
SCRAPS: ¿qué son y cuándo un envasador o productor de producto debe adherirse?[registrados]
Un SCRAP es un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor.
Según el RD 105/2022, todo productor de producto debe formar parte de un SCRAP o, alternativamente, establecer un SIRAP (Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor).
Sin embargo, el SIRAP resulta poco viable económicamente para la mayoría de empresas, por lo que adherirse a un SCRAP es la opción más lógica para los productores de producto.
Los productores de producto pondrán en el mercado envases de un solo uso o envases reutilizables, en cuyo caso deberán adaptarse a Sistemas de devolución y retorno (SDR).
Diferencias entre los SCRAPS
Cuotas de inscripción: existen SCRAPS con inscripción gratuita, mientras que otros tienen cuotas que van desde 350 € hasta 2.000 €. Enfoque sectorial o multisectorial: aunque algunos SCRAPS están más diseñados para sectores específicos, es probable que a largo plazo todos operen de forma multisectorial y estén disponibles para cualquier área geográfica. |
¿Mejor SCRAPS nuevos o provenientes de sistemas existentes?
Han surgido tanto SCRAPS completamente nuevos como otros derivados de asociaciones sectoriales o sistemas colectivos ya existentes, especialmente en el ámbito de residuos domésticos o específicos, como los RAEES o los aceites usados.
Aunque algunos SCRAPS nuevos pueden carecer de experiencia directa en ciertos ámbitos, todos cuentan con suficiente conocimiento del sector medioambiental para garantizar su funcionalidad.
¿A cuál adherirse si se es envasador o productor de producto?
La elección del SCRAP dependerá en gran medida de las características de la empresa y los envases que gestiones.
Entre las opciones disponibles están, por ejemplo, ECOLEC, ECOVIDRIO, PROCIRCULAR, CARTON CIRCULAR, IMPLICA, AEVAE, SIGFITO, ENVALORA, ECOEMBES, GENCI, PUNTO GRETA o RECYCLIA.
Algunos SCRAPS comenzaron su proceso de autorización antes que otros y, aunque actualmente solo unos pocos han recibido autorización definitiva por parte del Ministerio, se espera que todos estén plenamente operativos en el corto plazo.
Para tomar la mejor decisión, se pueden considerar los siguientes aspectos:
COSTES
Hay SCRAPS con inscripción gratuita, mientras que otros requieren pagos iniciales que oscilan entre los 350 € y los 2.000 €.
COMPATIBILIDAD SECTORIAL
Aunque algunos SCRAPS están enfocados inicialmente a sectores específicos, todos acabarán siendo multisectoriales y operarán en cualquier área geográfica.
TRAYECTORIA
Algunos sistemas provienen de asociaciones o sistemas colectivos ya existentes, lo que puede ser una ventaja en términos de experiencia y funcionamiento.
Sin embargo, incluso los SCRAPS nuevos cuentan con suficiente conocimiento del sector medioambiental para garantizar su eficacia.
La elección de un SCRAP adecuado dependerá de las necesidades operativas, presupuesto y del sector en el que opere tu empresa. Comparar las características y ventajas de cada sistema permitirá cumplir con las obligaciones legales de forma eficiente. |
Obligaciones del productor de producto
Productor de producto
El productor de producto se refiere a los envasadores, incluyendo a empresas como fábricas de pienso, compañías que fabriquen o envasen productos veterinarios, comercios minoristas, establecimientos mayoristas, empresas de distribución y, en general, cualquier negocio que venda productos envasados a sus clientes.
Es importante no limitarse a pensar únicamente en envases primarios, como los sacos en los que se empaqueta un pienso.
También están incluidos los envases secundarios y terciarios, como: Las cajas en las que se colocan los paquetes. Los palets utilizados para organizar envíos. Las bolsas, cartones, el film o el fleje empleados para garantizar que los productos transportados (ya sean fabricados por la propia empresa o no) lleguen en buenas condiciones al cliente. |
Puntos clave a nivel práctico para estos Productores de Producto
En resumen, las empresas que se consideran Productores de Producto serán las más afectadas por esta ley, asumiendo la mayor parte de las obligaciones administrativas y operativas requeridas.
Plazos para inscribirse como productor de producto del MITECO y en un SCRAP
Desde el 1 de enero de 2025, es obligatorio cumplir con todas las disposiciones de esta Ley.
Aunque la Administración ha permitido prórrogas durante dos años y la inscripción en el Registro de Productores de Producto en el Ministerio sigue abierta, quienes aún no lo hayan hecho deben regularizar su situación lo antes posible.
El poseedor final del residuo: impacto en las granjas
El ganadero no es productor de producto, es siempre poseedor final del residuo, ya que en sus instalaciones suelen generarse residuos (cajas de cartón, film, big bags vacíos, palets, garrafas, IBCs, etc.).
No obstante, muchas veces entran en esta categoría otras empresas, como fábricas de pienso, sobre las que recae la doble figura de productor de producto (por lo que envasa) y poseedor final del residuo (por los residuos afectados por esta ley generados en sus instalaciones).
El poseedor final seguirá trabajando del mismo modo que hasta ahora con su gestor de residuos habitual, segregando correctamente sus residuos.
Sin embargo, adicionalmente, deberá informar a un SCRAP con el que firme un acuerdo voluntario sobre la correcta gestión que hace de sus residuos a través de su gestor de residuos habitual, enviando los documentos de identificación de residuos que éste le entrega.
Es importante diferenciar estos residuos de otros habituales en la granja que no se ven afectados por esta normativa, como agujas, vacunas, medicamentos, baterías, fluorescentes, productos caducados o restos de obras. En estos casos, no será necesario realizar ninguna acción adicional. |
Flujo de información
La gestión de la documentación será un aspecto clave, ya que gran parte de los procesos deberá realizarse a través de plataformas web de los SCRAPS. Por ahora, estos sistemas no son completamente automáticos, lo que añade una carga administrativa considerable.
En algunos casos, será el poseedor final del residuo (como el ganadero) quien deba adjuntar los Documentos de Identificación de Residuos que justifican la correcta gestión realizada, mientras que, en otros, esta tarea recaerá directamente sobre el gestor de residuos.
Para el ganadero, este proceso puede resultar engorroso, ya que implica conectarse a la plataforma, acceder mediante identificación y subir archivos escaneados.
Aunque los SCRAPS ofrecen una bonificacion por la información enviada, estas suelen ser bajas, insuficientes para compensar el tiempo y los recursos necesarios para realizar este proceso. Además, en estos momentos, pocos SCRAPS han hecho públicas sus tarifas, lo que genera incertidumbre. |
Por otro lado, surge la preocupación de que esta gestión documental podría derivar en duplicidad de información, ya que distintos actores de la cadena (Administración, SCRAPS, gestores, OCAs, certificadoras, etc.) podrían requerir datos similares en un sector que ya está altamente regulado y sujeto a inspecciones habituales.
En cualquier caso, será necesario adaptarse progresivamente a este nuevo marco legislativo, integrando estas tareas adicionales en la operativa habitual.
Conclusión: adaptarse a los nuevos tiempos
En definitiva, dado que los ganaderos continuarán gestionando sus residuos de la misma manera con sus gestores habituales, respetando las frecuencias y procedimientos establecidos para cada tipo de residuo, los SCRAPS no interfieren directamente en la operativa diaria ni aportan cambios significativos en términos de bioseguridad, por lo que esta nueva legislación no afectará sustancialmente a las explotaciones ganaderas.
En cambio, los productores de producto sí deberán realizar ajustes importantes para cumplir con la normativa, incluyendo la adaptación de sus procesos para incluir declaraciones anuales, actualizaciones en las facturas y la obligatoriedad de adherirse a un SCRAP.
Como horizonte temporal el año 2025 se prevé divulgativo y de más paulatina adecuación. Estas modificaciones serán esenciales para garantizar el cumplimiento total del marco legislativo.