24 Oct 2025

SENASA actualiza el Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky

La Resolución 810/2025 establece nuevas disposiciones sanitarias para los establecimientos porcinos de Argentina.

SENASA actualiza el Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky

NUEVO MARCO NORMATIVO PARA LA SANIDAD PORCINA

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) publicó la Resolución 810/2025 en el Boletín Oficial, mediante la cual se establece un nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky.
El plan alcanza a todos los establecimientos de producción porcina doméstica con fines pecuarios en Argentina y fue elaborado en conjunto con el sector privado.

La normativa introduce una nueva clasificación sanitaria que divide a los establecimientos en dos categorías:

  » Establecimientos libres de la Enfermedad de Aujeszky

  » Establecimientos bajo vigilancia

DIAGNÓSTICOS Y CERTIFICACIONES

Las unidades productivas con más de 100 animales —en categorías cerdas y padrillos— deberán realizar diagnósticos cada cuatro meses para mantener la certificación de libres, una reducción respecto de los plazos anteriores.
Esta adecuación alinea las exigencias nacionales con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), fortaleciendo las condiciones para las exportaciones porcinas.

En tanto, los predios con 99 animales o menos deberán efectuar una prueba serológica semestral para ser considerados bajo vigilancia. Este análisis será requisito obligatorio para autorizar movimientos de egreso.

NUVAS FIGURAS Y MEDIDAS PREVENTIVAS 

La resolución incorpora la figura del Establecimiento Invernador Porcino con Protección a Aujeszky (IPPA), autorizado para recibir porcinos de cualquier categoría y estatus sanitario, siempre que sean vacunados dentro de los 14 días posteriores al ingreso.
Estos animales solo podrán destinarse a faena o a otro establecimiento IPPA, y no podrán ingresar si provienen de predios infectados.

Ante la detección de un brote, el establecimiento deberá bloquear sus movimientos y presentar un plan de saneamiento obligatorio dentro de 30 días. Durante este período, solo se permitirá el egreso a faena hasta completar el saneamiento.

Los establecimientos sin clasificación sanitaria tendrán restringidos todos los movimientos de animales, incluidos los destinados a faena.

HERRAMIENTAS DE CONTROL Y VACUNACIÓN 

El plan también contempla el uso de vacunas gE-negativas, que permiten distinguir animales infectados de los vacunados.
Tanto la vacunación como los muestreos serológicos deberán realizarse por un veterinario acreditado en sanidad y bienestar porcino.

UN TRABAJO CONJUNTO CON EL SECTOR PRIVADO

El nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky es resultado de la articulación entre el SENASA y el sector privado porcino, con el objetivo de fortalecer la detección temprana, el control y la erradicación de la enfermedad.

Según informó el organismo, la medida busca consolidar políticas sanitarias más eficientes y una producción porcina segura y competitiva en el país.


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