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15 Abr 2019

Novedades en la gestión de purines en Aragón

El Gobierno de Aragón aprueba el Decreto que establece la necesidad de la puesta en marcha de centros que que garanticen la gestión del ciclo del purín.

Novedades en la gestión de purines en Aragón

La gestión de los purines de las granjas de cerdos se ha convertido en un pilar fundamental para garantizar la sostenibilidad económica, ambiental y social de la producción porcina. 

Una gestión inadecuada de los purines puede tener importantes efectos negativos sobre la salud y el medio ambiente, ya que puede vehicular patógenos y otros contaminantes como nitratos, metano y otros gases nitrogenados.

No obstante, debido a su composición rica en materia orgánica y elementos fertilizantes, los estiércoles tienen un gran valor como abono en suelos agrícolas, siempre y cuando se adopten las medidas necesarias para evitar la contaminación del agua con nitratos por sobrefertilización.

Con el fin de regular la gestión y control de los purines, el Gobierno de Aragón ha publicado el Decreto 53/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control.

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En este Decreto se regulará:

Así, este decreto se aplicará a las explotaciones ganaderas intensivas sujetas a los regímenes de intervención ambiental consistentes en autorización ambiental integrada o licencia ambiental de actividades clasificadas, así como a los centros de gestión de estiércoles.

Además el Decreto 53/2019, se ha publicado la Orden DRS/333/2019, de 25 de marzo, por la que se declaran, en base al índice de carga ganadera, los municipios con sobrecarga ganadera por exceso de nitrógeno de origen orgánico procedente de la actividad ganadera.

En base a esta Orden, se comunica que los municipios con una carga ganadera superior a los 220 kilogramos de Nitrógeno por hectárea y año son:

Finalmente, se ha publicado la Orden DRS/330/2019, de 26 de marzo, por la que se actualizan varios anexos de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón.

En dicha Orden, se establecen las distancias mínimas obligatorias desde las instalaciones ganaderas a los núcleos de población y a los elementos relevantes del territorio, así como la distancia mínima que debe haber entre las explotaciones ganaderas y entre las explotaciones de porcino.

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